La Junta Vecinal de la Entidad Local Menor de Bocacara, en Sesión Plenaria celebrada con fecha 18 de abril de 2024, adoptó acuerdo de aprobación inicial de la ORDENANZA REGULADORA
DEL USO DEL PUNTO LIMPIO DE BOCACARA (Salamanca), de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases del Régimen Local y
56 del Texto Refundido de Régimen Local, se expone al público por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la publicación de este Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia
de Salamanca, plazo en el que estará de manifiesto en la Secretaría del Ayuntamiento, para la presentación de las reclamaciones que se estimen oportunas.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento http://bocacara.sedelectronica.es
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el Acuerdo de aprobación de la mencionada Ordenanza.
BOP N.º 81 • Viernes, 26 de Abril de 2024
